Ros Y Falcon Sa
Ros Y Falcon Sa aparece en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) con procedimiento concursal desde el 13 de octubre de 2016 (concurso voluntario) . A continuación se detallan todas las publicaciones registradas.
Ros Y Falcon Sa inició un procedimiento concursal de carácter voluntario (procedimiento 533/2016) el 13 de octubre de 2016, en la provincia de Madrid. El procedimiento fue admitido a trámite por el DE LO MERCANTIL DE MADRID, bajo la dirección del magistrado/a CARLOS NIETO DELGADO.
La administración concursal fue designada en la persona de Barrio Pedra David.
El procedimiento concursal quedó concluso el 16 de enero de 2026 por finalización de la liquidación. La empresa ha quedado extinguida y su hoja registral cerrada en el Registro Mercantil.
Datos del procedimiento
| N.º procedimiento | 533/2016 |
|---|---|
| Tipo de concurso | Voluntario |
| Juzgado | DE LO MERCANTIL DE MADRID |
| Juez / Jueza | CARLOS NIETO DELGADO |
| Administrador concursal | Barrio Pedra David |
| Resolución firme | No |
| Duración del procedimiento | 9 años 4 meses |
| Estado actual | Concluido · Finalización de la liquidación |
Historial de publicaciones en el BORME
-
Declaración de concurso
- Tipo
- Voluntario
- Juzgado
- DE LO MERCANTIL DE MADRID
- Resolución
- ANOTACION PREVENTIVA DEL AUTO DE DECLARACION DE CONCURSO ORDINARIO Y DE NOMBRAMIENTO DE DON DAVID BARRIO PEDRA COMO ADMINISTRADOR CONCURSAL; FECHA: 27 JULIO 2016
-
Nombramiento de administrador
- Juzgado
- DE LO MERCANTIL DE MADRID
- Administrador
- Barrio Pedra David
-
Declaración de concurso
- Tipo
- Voluntario
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MADRID
- Resolución
- CONVERTIDA LA ANOTACION PREVENTIVA DEL AUTO DE DECLARACION EN CONCURSO Y DE NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR CONCURSAL EN INSCRIPCION
-
Conclusión del concurso
- Causa
- Finalización de la liquidación
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MADRID
- Resolución
- 1.- Se declara concluso este procedimiento concursal de la mercantil ROS Y FALCON SA con CIF A28485571 por finalización de la fase de liquidación y se acuerda el archivo de las actuaciones. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las.facultades de administración y disposición del deudor que e
-
Cese de limitaciones
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MADRID
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