Curtidos Recar Sociedad Limitada En Liquidacion
Curtidos Recar Sociedad Limitada En Liquidacion aparece en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) con procedimiento concursal desde el 7 de julio de 2025 (concurso voluntario) . A continuación se detallan todas las publicaciones registradas.
Curtidos Recar Sociedad Limitada En Liquidacion inició un procedimiento concursal de carácter voluntario (procedimiento 56/2025) el 7 de julio de 2025, en la provincia de Valencia. El procedimiento fue admitido a trámite por el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA, bajo la dirección del magistrado/a JOSE LUIS FORTEA GORBE.
La administración concursal fue designada en la persona de Mir Abogados Y Asesores Slp. Mediante resolución de 7 de julio de 2025 se acordó la apertura de la fase de liquidación del patrimonio de la sociedad.
A fecha de la última publicación disponible en el BORME (07/07/2025), el procedimiento concursal de Curtidos Recar Sociedad Limitada En Liquidacion se encuentra en curso, con un total de 5 actuaciones registradas.
Datos del procedimiento
| N.º procedimiento | 56/2025 |
|---|---|
| Tipo de concurso | Voluntario |
| Juzgado | JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA |
| Juez / Jueza | JOSE LUIS FORTEA GORBE |
| Administrador concursal | Mir Abogados Y Asesores Slp |
| Resolución firme | Sí |
| Estado actual | En procedimiento |
Historial de publicaciones en el BORME
-
Solicitud de declaración
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA
- Resolución
- Se declara la apertura del procedimiento especial de microempresa de liquidación, respecto del deudor CURTIDOS RECAR, SL. Se declara que el deudor se encuentra.en INSOLVENCIA ACTUAL
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Declaración de concurso
- Tipo
- Voluntario
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA
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Apertura fase de liquidación
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA
- Resolución
- Apertura del procedimiento especial de microempresa de liquidación. Plan de liquidación.- Atendiendo a lo dispuesto en el art. 707 TRLC, se requiere al deudor para que en el plazo máximo de 20 días hábiles presente plan de liquidación, a través del formulario normalizado (art. 707.3 TRLC); sin perju
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Intervención / Suspensión
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA
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Nombramiento de administrador
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA
- Administrador
- Mir Abogados Y Asesores Slp
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