Civisan Investments Sl
Civisan Investments Sl aparece en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) con procedimiento concursal desde el 19 de mayo de 2023 (concurso voluntario) . A continuación se detallan todas las publicaciones registradas.
Civisan Investments Sl, cuya actividad principal es La promoción e inversión inmobiliaria en todas sus manifestaciones; la administ…, inició un procedimiento concursal de carácter voluntario (procedimiento 604/2022) el 19 de mayo de 2023, con domicilio registral en C/ Ramon Jimenez - Numero 9 (Pozuelo De Alarcon). El procedimiento fue admitido a trámite por el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE MADRID, bajo la dirección del magistrado/a JORGE MONTULL URQUIJO.
La sociedad fue constituida el 1.03.17 con un capital social de 6.000,00 Euros.
El procedimiento concursal quedó concluso el 9 de octubre de 2023 por insuficiencia de masa activa. La empresa ha quedado extinguida y su hoja registral cerrada en el Registro Mercantil.
Datos del procedimiento
| N.º procedimiento | 604/2022 |
|---|---|
| Tipo de concurso | Voluntario |
| Juzgado | JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE MADRID |
| Juez / Jueza | JORGE MONTULL URQUIJO |
| Resolución firme | No |
| Duración del procedimiento | 6 meses |
| Estado actual | Concluido · Insuficiencia de masa activa |
Datos registrales de la empresa
| Domicilio | C/ Ramon Jimenez - Numero 9 (Pozuelo De Alarcon) |
|---|---|
| Capital social | 6.000,00 Euros |
| Inicio de actividad | 1.03.17 |
| Objeto social | La promoción e inversión inmobiliaria en todas sus manifestaciones; la administración, compraventa, arrendamiento, explotación y promoción de toda clase de fincas; la urbanización, parcelación y reparcelación de terrenos; construcción, por cuenta propia y ajena de toda clase de inmuebles |
Historial de publicaciones en el BORME
-
Declaración de concurso
- Tipo
- Voluntario
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE MADRID
- Resolución
- DECLARACION DE CONCURSO CON LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES: Se efectúa el llamamiento a los acreedores previsto en el art. 37 ter TRLC, a los efectos previstos en dicho precepto, por un plazo de QUINCE DIAS desde el siguiente al de la última.publicación de esta resolución
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Conclusión del concurso
- Causa
- Insuficiencia de masa activa
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE MADRID
- Resolución
- Mandamiento de fecha 31 de julio de 2023, en el que se inserta auto firme de la misma fecha por el que se ordena la inscripción de la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa el cese del administrador único y el cierre provisional de la Hoja Registral
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