La Villa Albal Sociedad Limitada
La Villa Albal Sociedad Limitada aparece en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) con procedimiento concursal desde el 2 de julio de 2025 (concurso voluntario) . A continuación se detallan todas las publicaciones registradas.
La Villa Albal Sociedad Limitada, cuya actividad principal es La Sociedad tendrá por objeto: CNAE 5610 (principal): Servicio propio de la res…, inició un procedimiento concursal de carácter voluntario (procedimiento 185/2005) el 2 de julio de 2025, con domicilio registral en Avda Cortes Valencianas 75 (Albal). El procedimiento fue admitido a trámite por el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 5 DE VALENCIA, bajo la dirección del magistrado/a JORGE DE LA RUA NAVARRO.
La sociedad fue constituida el 15.07.16 con un capital social de 3.000,00 Euros.
El procedimiento concursal quedó concluso el 2 de julio de 2025 por insuficiencia de masa activa. La empresa ha quedado extinguida y su hoja registral cerrada en el Registro Mercantil.
Datos del procedimiento
| N.º procedimiento | 185/2005 |
|---|---|
| Tipo de concurso | Voluntario |
| Juzgado | JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 5 DE VALENCIA |
| Juez / Jueza | JORGE DE LA RUA NAVARRO |
| Resolución firme | Sí |
| Duración del procedimiento | 2 meses |
| Estado actual | Concluido · Insuficiencia de masa activa |
Datos registrales de la empresa
| Domicilio | Avda Cortes Valencianas 75 (Albal) |
|---|---|
| Capital social | 3.000,00 Euros |
| Inicio de actividad | 15.07.16 |
| Objeto social | La Sociedad tendrá por objeto: CNAE 5610 (principal): Servicio propio de la restauración y puesto de comida. Servicio de bar, cafetería, cervecería, restaurante, terraza de verano, chocolatería, heladería, comercio al por menor de café e infusiones. Las actividades integrantes del objeto social podr |
Historial de publicaciones en el BORME
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Declaración de concurso
- Tipo
- Voluntario
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 5 DE VALENCIA
- Resolución
- Se tiene por personado y por solicitada la DECLARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO DE ACREEDORES. Se admite a trámite dicha solicitud y SE DECLARA EL ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO de la sociedad. Se declara que el CONCURSO VOLUNTARIO de la sociedad es un CONCURSO SIN MASA, indicando que el pasivo de éste
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Conclusión del concurso
- Causa
- Insuficiencia de masa activa
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 5 DE VALENCIA
- Resolución
- Se declara la conclusión del concurso de la sociedad
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