Avalauto Automocion Sl
Avalauto Automocion Sl aparece en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) con procedimiento concursal desde el 19 de abril de 2022 (concurso voluntario) . A continuación se detallan todas las publicaciones registradas.
Avalauto Automocion Sl, cuya actividad principal es La compraventa de vehículos, el alquiler con o sin conductor, mantenimiento y r…, inició un procedimiento concursal de carácter voluntario (procedimiento 628/2021) el 19 de abril de 2022, con domicilio registral en C/ Orellana, 1, 3º - Izquierda, (Madrid). El procedimiento fue admitido a trámite por el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 15 DE MADRID, bajo la dirección del magistrado/a TEODORO LADRON RODA.
La sociedad fue constituida el 30.07.14 con un capital social de 3.000,00 Euros.
El procedimiento concursal quedó concluso el 19 de abril de 2022 por insuficiencia de masa activa. La empresa ha quedado extinguida y su hoja registral cerrada en el Registro Mercantil.
Datos del procedimiento
| N.º procedimiento | 628/2021 |
|---|---|
| Tipo de concurso | Voluntario |
| Juzgado | JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 15 DE MADRID |
| Juez / Jueza | TEODORO LADRON RODA |
| Resolución firme | Sí |
| Estado actual | Concluido · Insuficiencia de masa activa |
Datos registrales de la empresa
| Domicilio | C/ Orellana, 1, 3º - Izquierda, (Madrid) |
|---|---|
| Capital social | 3.000,00 Euros |
| Inicio de actividad | 30.07.14 |
| Objeto social | La compraventa de vehículos, el alquiler con o sin conductor, mantenimiento y reparación de vehículos y cuantas operaciones o servicios se relacionen con el ramo del automóvil, incluido el leasing o renting de vehículos |
Historial de publicaciones en el BORME
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Declaración de concurso
- Tipo
- Voluntario
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 15 DE MADRID
- Resolución
- Declara en Concurso Consecutivo Voluntario de Acreedores a la sociedad de esta hoja. El presente concurso tiene el carácter de Concurso Voluntario. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título XII del Libro Primero del TRLC
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Conclusión del concurso
- Causa
- Insuficiencia de masa activa
- Resolución
- Se acuerda, simultaneamente la Conclusión del Concurso por la causa 5ª del art. 465 del TRLC. La conclusión del concurso no impide el ejercicio de acciones de responsabilidad contra los administradores, liquidadores o socios de la concursada o incluso, la reapertura del concurso a instancia de acre
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Cese de limitaciones
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 15 DE MADRID
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