Optimasite Sl
Optimasite Sl aparece en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) con procedimiento concursal desde el 5 de julio de 2013 (concurso voluntario) . A continuación se detallan todas las publicaciones registradas.
Optimasite Sl inició un procedimiento concursal de carácter voluntario (procedimiento 159/2013) el 5 de julio de 2013, en la provincia de Madrid. El procedimiento fue admitido a trámite por el MERCANTIL MADRID.
La administración concursal fue designada en la persona de Velasco Dominguez Carlos-Isidro.
El procedimiento concursal quedó concluso el 10 de diciembre de 2020 por insuficiencia de masa activa. La empresa ha quedado extinguida y su hoja registral cerrada en el Registro Mercantil.
Datos del procedimiento
| N.º procedimiento | 159/2013 |
|---|---|
| Tipo de concurso | Voluntario |
| Juzgado | MERCANTIL MADRID |
| Administrador concursal | Velasco Dominguez Carlos-Isidro |
| Resolución firme | No |
| Duración del procedimiento | 7 años 4 meses |
| Estado actual | Concluido · Insuficiencia de masa activa |
Historial de publicaciones en el BORME
-
Declaración de concurso
- Tipo
- Voluntario
- Juzgado
- MERCANTIL MADRID
- Resolución
- Se declara en Concurso Voluntario a esta sociedad, quien conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad
-
Nombramiento de administrador
- Juzgado
- MERCANTIL MADRID
- Administrador
- Velasco Dominguez Carlos-Isidro
-
Declaración de concurso
- Tipo
- Voluntario
- Juzgado
- MERCANTIL MADRID
- Resolución
- Convertida en inscripción Anotación preventiva letra A por la 7& , al haber quedado firme Auto dictado el 7 de junio de 2013 por Juzgado Mercantil 3 Madrid, procedimiento nº 159/2013, considerándose como fecha de firmeza la de la expedición de la Adición al Mandamiento, esto es 2 de septiembre 2013
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Conclusión del concurso
- Causa
- Insuficiencia de masa activa
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE MADRID
- Resolución
- Conclusión del concurso, que de acuerdo con el art. 483 TRLC (anterior art. 178.LC), la conclusión por ausencia de bienes y derechos del deudor, conlleva la cesación del régimen de intervención de facultades del deudor, y el cierre de su hoja registral en el registro correspondiente
-
Cese de limitaciones
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE MADRID
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Revocación de administrador
- Juzgado
- MERCANTIL MADRID
- Administrador
- Velasco Dominguez Carlos-Isidro
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